Son en los momentos de crisis cuando las okupaciones aumentan con mayor frecuencia. Se han visto muchísimos casos en los que las personas al llegar a sus segundas residencias, se encuentran que estas están habitadas por persona desconocidas.
Para proceder al desalojo de una persona okupa de la vivienda ha de utilizarse la vía legal; puesto que si el propietario toma la justicia por su mano, puede llegar a sufrir toda una serie de represalias o problemas legales.
El procedimiento que permite el desalojo de los okupas legalmente es el llamado “desahucio por precario” también conocido como “desahucio express de okupas”.
¿Cuándo una persona se encuentra en situación de precario?
La persona se encuentra en situación de precario cuando, por acceso ilegal o permisividad del propio titular, dispone de un bien sin ser dueño o propietario del mismo.
Pueden darse dos situaciones:
Ante una situación de precario de manera ilegal, el propietario para echar a los okupas y recuperar la vivienda nunca debe de actuar por la llamada “Vía de hecho”, es decir por su propia cuenta al margen de los procedimientos legales establecidos.
Actuar por medios propios es totalmente desaconsejable, las conductas agresivas o amenazas que pueden darse por parte del propietario a los okupas dan lugar a una serie de denuncias en las que el propietario podría acabar siendo sancionado con una importante multa económica o incluso condenado a prisión.
El propietario de la vivienda debe de acudir a las vías legales y solicitar al Juez que los ocupantes sean desalojados. Por ello contar con la ayuda profesional de un buen abogado experto en desahucios garantiza el éxito del desahucio por precario.
Generalmente los okupas conocen todas las astucias legales para alargar todo procedimiento de desahucio y de este modo conseguir toda una serie de derechos al ocupar una vivienda ajena.
Los okupas cuando se meten en una vivienda o local que no es suya adquieren una serie de derechos:
Los okupas adquieren toda una serie de derechos pero con ciertos matices.
Si el propietario de la vivienda denuncia la okupación en un plazo de 48 horas y además se trata de la primera vivienda, los cuerpos de Seguridad del Estado pueden proceder al desalojo de los okupas sin necesidad de una orden judicial. (La situación se complica si no se trata de una primera vivienda y además se supera el plazo de las 48 horas).
El propietario para recuperar la vivienda debe de presentar una demanda ya sea civil o penal.
En situaciones complejas, especialmente cuando se aborda desde el ámbito penal, es aconsejable contar con la asistencia de un abogado penalista en Bilbao para garantizar que se sigan los procedimientos adecuados y se resguarden los derechos del propietario.
El okupa dispone de un plazo de 5 días para poder justificar la posesión de la vivienda por lo que recurren a todo tipo de actuaciones como contratos falsos.
Por otro lado el propio dueño debe de demostrar que no existe ningún tipo de contrato entre okupa y propietario, y que además es el dueño de la vivienda.
Si en el proceso de okupación no ha habido ningún tipo de violencia, la condena para el okupa es mucho menor.
Son muy pocos los okupas los que cuidan la vivienda; por lo que si los okupas han maltratado el inmueble, aparecen daños o desperfectos puede pedirse una indemnización.
Esta reclamación se realiza por la vía civil, de ahí que quizá necesite los servicios del abogado que le haya ayudado en la gestión del desahucio.
En el caso de que su vivienda haya sido okupada se recomienda contratar los servicios de un buen abogado experto en desahucios lo antes posible, para de este modo recuperar la vivienda lo antes posible.