Los okupas, grupo de población con sus propios hábitos y creencias, dedicados a invadir viviendas.
Hoy en día muchos de los okupas se instalan en inmuebles de viviendas vacías que después alquilan a otros okupantes cobrando una cuota de alquiler. Por ello se ha considerado como una nueva forma de negocio que está afectando al mercado de alquiler. No hay que olvidar que una vez que este tipo de personas entra en la vivienda se convierten en los propios dueños.
Aparentar que una vivienda está habitada es el mejor consejo para evitar una ocupación de okupas. Recuperar una vivienda cuando esta ha sido okupada es un verdadero infierno.
Es importante saber que el propietario de su vivienda no puede echar a los okupas a la fuerza, ni tampoco cambiar la cerradura, ni dar de baja a los suministros de agua, luz ni gas; puesto que podría ser demandado por allanamiento de morada o coacciones.
Cuando un okupa invade una propiedad ajena adquiere cuatro derechos muy importantes:
Uno de los principales objetivos de este grupo es acceder a viviendas, locales, edificios deshabitados que forman parte de instituciones bancarias o financieras, o grupos inmobiliarios del sector turístico y sin ningún tipo de vigilancia.
En primer lugar es importante saber diferenciar lo que el un allanamiento de morada y usurpación.
El allanamiento consiste en la entrada a una casa ajena a la suya o permanecer en su interior contra la voluntad del propietario siempre y cuando no viva en ella.
Si el allanamiento se realiza con intimidación y/o violencia existe pena de prisión que va desde 1 año hasta los 4 años.
Usurpar una vivienda consiste en ocupar una vivienda perteneciente a otra persona, mediante el uso de la violencia o intimidación.
El delito es castigado con una pena de prisión entre 1 y 2 años, más una multa que va a depender de los daños ocasionados y utilidad por el usurpador.
A la hora de denunciar una okupación es importante tener en cuenta el plazo de denuncia.
Si se trata de una morada habitual y primera residencia, las 48 primeras horas son clave para recuperar la vivienda. El delito es considerado allanamiento de morada por lo que los okupas sin necesidad de orden judicial, pueden ser desalojados por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
Si el tiempo que ha pasado es mayor a las 48 horas y los okupas han hecho cambio de cerradura, la vivienda se convierte en su propia morada por lo que el proceso se complica. Nadie podrá entrar la vivienda si no es con una orden judicial y en el caso de que el propietario cortase los suministros de luz, agua o gas se vería acusado de delito de coacción.
En el momento que se ha cambiado la cerradura de la puerta, a efectos legales pasa a considerarse la vivienda de los okupas.
Para poder echar a los okupas legalmente de una vivienda debe de presentarse una demanda de recuperación inmediata en la que se obliga a los okupas a presentar la correspondiente documentación que demuestre que son los propietarios de la vivienda.
Los okupas disponen de 5 días para demostrar y justificar la posesión de la vivienda. Para ello recurren a todo tipo de artimañas y falsedades, sobretodo a contratos falsos de alquiler.
Si no se demuestra la posesión de la vivienda, le será devuelta al propietario.
Los procesos para recuperar la vivienda pueden ser:
El propietario del inmueble debe de demostrar que es el dueño de la propiedad y que entre el okupa y él no existe ningún tipo de relación pactada.
Este proceso es lento pudiéndose demorar entre un mínimo de 6 meses y 1 año.
Si en el proceso de okupación no ha existido ningún tipo de violencia, la situación es mucho más beneficiosa para los okupas.
Para que los okupas no invadan su vivienda o propiedad es aconsejable contactar con empresas de desokupas, encargadas de instalar sistemas de seguridad como cámaras de vigilancia, alarmas…
Si la vivienda ha sido okupada, lo más apropiado es solicitar la ayuda profesional de abogados especialistas en desahucios, que le ayuden a mediar con el okupa y se proceda al desalojo mediante acuerdos amistosos.