Tanto para una persona que tiene una vivienda alquilada a otra como que vive de alquiler, existe una normativa que recoge todas las situaciones por las que es posible finalizar un contrato de alquiler antes de tiempo, ya sea por parte del inquilino como por parte del propietario de la vivienda.
Para saber en qué casos puede finalizarse un contrato de alquiler antes de tiempo es preciso acudir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU, la cual establece que si una de las dos partes, arrendador o arrendatario incumple cualquiera de los acuerdos firmados en el contrato de alquiler, la parte que está cumpliendo con las obligaciones está en su derecho de poder exigir que se cumplan con los puntos firmados o bien poner fin al contrato de arrendamiento antes de la fecha fijada por un incumplimiento de los acuerdos tomados por la otra parte.
El desistimiento, es la posibilidad que el propio contrato o la Ley brinda al arrendatario para poder rescindir de manera anticipada un contrato de alquiler.
El inquilino una vez transcurridos 6 meses de contrato y, siempre y cuando lo comunique al propietario con una antelación mínima de 30, tiene la posibilidad de rescindir el contrato de arrendamiento.
A la hora de la firma del contrato puede firmarse que en el caso de desistimiento, el arrendatario deba de indemnizar al propietario con una cuantía económica al pago de 1 mensualidad de la renta en vigor por cada año que reste de cumplir.
Si queda menos de 1 año, la indemnización será calculada de manera proporcional a los meses que queden por cumplir.
Por otro lado, si en el contrato no se dice nada con respecto al pago de una indemnización, el inquilino queda libre de efectuar dicho pago.
El artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos exige:
Si transcurrido el año de contrato este se prorroga durante un año más, en el caso de que el inquilino desee rescindir el contrato de alquiler, no es preciso que transcurran de nuevo 6 meses más, sino que puede desistir desde el primer momento.
El artículo 27 de la LAU establece que el inquilino también puede poner fin a un contrato de arrendamiento si el propietario no se hace cargo de las reparaciones de la vivienda a las que por Ley está obligado.
No solo el inquilino puede poner fin al alquiler antes de tiempo, sino que también puede hacerlo el propio propietario de la vivienda, siempre y cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
Además de todo lo citado anteriormente, la LAU recoge que el contrato de arrendamiento también podrá extinguirse por la pérdida de la vivienda alquilada o declaración de ruina.
Ante cualquier duda legal sobre los contratos de arrendamiento, finalización del contrato antes de tiempo, dudas sobre si hacer o no obras en la vivienda alquilada, recuperación de viviendas y locales comerciales, etc., consultar con abogados expertos en temas de desahucios relacionados con arrendamiento de viviendas y locales, es la mejor de las opciones a tener en cuenta.
Contactar con un buen abogado profesional en temas de desahucios y contratos le ayudará a resolver todo tipo de dudas legales y a realizar cualquier gestión o trámite que necesite.